Por Estudios Propios

Los créditos superados en cualquier enseñanza universitaria no oficial referente al artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de una universidad española podrán ser reconocidos en los mismos términos expresados en el apartado 2.2.2 de la Normativa de Transferencia y Reconocimiento de Crédito de la UMH.

El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.

El inicio del procedimiento para la solicitud de reconocimiento de créditos por Estudios Propios se realizará presentando la documentación referenciada a continuación en el Centro de Gestión de Campus correspondiente y en el plazo establecido en el Calendario Académico :

  • Estudios Propios de la UMH: original y copia del título.
  • Estudios Propios de otras universidades. Se debe aportar original y copia de la siguiente documentación:
    • Título.
    • Certificación académica personal.
    • Documento del contenido académico de las materias cursadas, sellado por la universidad.

El precio será el 25% del  precio del crédito establecido en el Decreto del Consell, por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para cada curso académico.